La admisión de los servicios financieros se realiza a través de SEDI. SEDI es el sistema de envío de dinero para las Oficinas de Correos y sustituye a Giro electrónico. Las novedades más importantes que aporta SEDI, son:
Desaparece del menú de admisión de IRIS la opción "Giros" por "Envío Dinero".
Se podrá acceder a la funcionalidad de alta de órdenes de envío de dinero desde el menú de "Admisión" de la aplicación, seleccionado la opción "Envío de dinero", desde donde estarán disponibles las opciones: * Actualmente se ha incluido "Ingreso Correos Cash", como se puede observar en la imagen del menú de IRIS>> Admisión>>Envío de dinero de la pág. 160.
Comparador de Servicios: desde el comparador se podrá consultar en una única pantalla las opciones posibles de envío de dinero para un país de destino y una cantidad de envío. Pasos:
En caso de envíos de entrega por WU, será posible que en un país se admitan varias monedas de pago, pero desde el comparador solo será posible seleccionar la moneda que tenga asociada el país por defecto.
Una vez seleccionados los criterios de búsqueda, se deberá pulsar el botón "Buscar" y se mostrarán todos los servicios de envío disponibles ordenados por prioridad. Se informará al cliente de estos en el mismo orden. El comparador tendrá en cuenta los límites y restricciones de envío de dinero para el país de entrega seleccionado, por lo que solo se mostrarán los servicios que cumplen con las características de entrega seleccionadas. Para cada servicio disponible se mostrará la siguiente información:
En caso de que haya alguna promoción vigente, se mostrará tanto el importe con la promoción como el importe sin la promoción y la fecha de finalización de dicha campaña.
El operador, por petición del cliente, podrá imprimir la información mostrada en el comparador haciendo clic en la opción Inicio > Admisión > Envío Dinero > Comparador O Comparador de Envíos de Dinero.
Alta de una Orden de Envío: se podrá acceder al formulario de alta de una orden de envío desde dos puntos:
En ambos casos el formulario de alta será el mismo, con la diferencia de que en caso de acceder desde el comparador, se mostrarán precargados los datos seleccionados en el comparador. El formulario se estructurará en las siguientes secciones:
Antes de rellenar los datos del destinatario y del remitente, deberá indicarse obligatoriamente los datos de la transferencia, ya que estos datos, determinan la información a solicitar para remitente y destinatario.
Una vez rellenado todos los datos, se deberá pulsar el botón "Aceptar". Al aceptar la operación, el importe a cobrar por la orden de envío se suma a la bolsa.
En el apartado "Datos Generales" se muestra el panel con la información de la transferencia. En caso de que el formulario de alta se muestre desde el comparador, esta información vendrá precargada, en caso de que el formulario de alta se muestre directamente desde el menú de opciones, el operador deberá indicar estos datos antes de poder continuar rellenando el resto de los datos.
Información de la entrega: estarán disponibles los siguientes productos y modalidades:
Para la admisión de envíos a domicilio o apartado postal, es obligatorio que el destinatario este dado de alta en la BBDD del Área de prevención de blanqueo de capitales. Por tanto, en la admisión se introduce el DOI del destinatario para su confrontación con la BBDD. Están exentos los giros procedentes de reembolsos, los giros oficiales, internacionales e inmediatos. Se pueden dar de alta en la BBDD de PBC aquellos destinatarios que se requieran introducir desde la opción de mantenimiento de PBC en llamadas externas de IRIS.
Servicios de Entrega Adicionales: cada canal de entrega cuenta con una serie de servicios de entrega que podrán ser contratados por el remitente de la orden de envío. Estos servicios podrán tener cargos adicionales que automáticamente serán calculados por el sistema y requerirán que el operador indique información relativa a los mismos. Servicios de entrega adicionales:
Entrega inmediata: esta modalidad tendrá los servicios adicionales SMS a Remitente y a destinatario. Si se seleccionan ambos se aplicará una tarifa reducida, en este caso, se mostrará tachado el importe mostrado para cada servicio individual y se mostrará el precio total a aplicar.
Servicio Adicional SMS al Destinatario y Remitente: la disponibilidad o no de estos servicios adicionales dependerán del canal de entrega seleccionado. El formulario de alta solo mostrará aquellos servicios disponibles para el canal de entrega seleccionado. Tener en cuenta, que en algunos casos, un servicio podrá ser marcado como de obligada contratación. En ese caso, se mostrará seleccionado en el formulario y no será posible des-seleccionarlo.
Entrega a domicilio: esta opción se presentará también como un servicio adicional. Al seleccionarla se mostrará dentro de la sección de servicios adicionales los campos a ser rellenados para realizar la entrega a domicilio. Se permitirá también la entrega en apartado, así, lo primero que se deberá seleccionar es si la entrega deberá realizarse a domicilio (opción por defecto) o en un apartado postal. Campos a ser rellenados para la entrega a domicilio:
Datos del destinatario: en esta sección los datos a indicar dependerán del producto y modalidad seleccionada.
Datos del remitente: dependiendo de la modalidad seleccionada, será necesario registrar el cliente en PBC o no. Si se requiere de control PBC, los datos del remitente se rellenarán a través de la "ventana única de PBC" que será una pantalla que se muestra para recoger todos los datos del remitente. En caso de que no se requiera control de PBC, los datos del remitente se rellenarán directamente en el formulario de alta de la orden de envío. Si se requiere de control PBC, en el panel de datos de remitente se mostrará el botón "PBC", pulsándolo se mostrará ventana, desde donde se deberá indicar el número de documento de identificación del remitente.
* Si tiene alguna duda acerca del funcionamiento de la aplicación, consulte el manual de PBC.
Indicado Tipo y Número del DOI, se pulsará el botón "Buscar" y se mostrarán la ventana de PBC con los datos del remitente.
Dependiendo si el remitente del giro es una persona física o persona jurídica. En función de la tipología del remitente, los datos a introducir en el sistema variarán.
Una vez seleccionado el motivo del envío de dinero (dato obligatorio), se pulsará el botón "Continuar" y automáticamente se cargarán los datos del remitente en el formulario de alta de la orden en IRIS.
Alta de datos del remitente sin control PBC: en caso de no requerir control PBC, se rellenarán los datos del remitente directamente en el formulario. Se deberán cumplimentar los campos:
En caso de que el país de destino sea España, la localidad se podrá rellenar automáticamente una vez introducido el código postal pulsando el icono .
En caso de que el remitente sea una persona autorizada, se deberá seleccionar el check "Persona autorizada". Al seleccionarlo, el formulario se desplegará para mostrar los datos a solicitar sobre la persona autorizada. Además de los datos del remitente, se solicitarán del autorizado nombre y apellidos y tipo y número del documento de identificación. Detalle Económico de la Transacción: en el formu ario de alta se mostrará el detalle económico de la transacción económica.
El sistema orienta sobre la posible fecha de puesta al pago, el cambio de divisa aplicada e importes asociados a la operación.
Tras aceptar la operación se genera el resguardo de la operación en PDF para lanzar la impresión por la impresora. Salen dos hojas A4, una para el cliente (si es inmediato o IFS aparece el localizador) y otra para la oficina.
En todas las admisiones de giro se digitaliza el DOI original de los autorizados o apoderados.
Cuando el remitente de un giro autorice a otra persona a actuar en su nombre o en el caso de personas jurídicas, hay que incorporar los datos del autorizado o apoderado, a fin de poder capturar estos mismos datos en futuras operaciones. Además hay que escanear el DOI original del autorizado o apoderado, junto a la autorización o poder notarial desde la opción "DOI + Autorización". A efectos de control de PBC, solo se considerarán los movimientos del remitente real, nunca del autorizado o apoderado.
Una vez cumplimentados los datos del remitente y destinatario, se procede a admitir al giro. En este caso se digitaliza solamente el DOI del remitente (persona física), la oficina se queda la autorización firmada por el remitente, y sólo habrá que revisar que coinciden los datos aportados en la autorización con el DOI del autorizado.
Para digitalizar el DOI se pulsa el botón "Digitalizar" y el sistema abre GESCAN para seguir los pasos descritos en el "Manual de Digitalización de Documentos PBC" que está disponible en Conecta.
NIS (Internos en Centros Penitenciarios) y NIP (Número de Identificación Funcionarios Públicos), NO será necesario digitalizar estos documentos, se informará en la aplicación el número y los datos personales (Nombre y Apellidos).
En el proceso de admisión de giros por rurales se recoge el formulario de admisión de rurales y fotocopia del remitente, se digitaliza la fotocopia del documento aportado por las dos caras. En el caso de que al realizar el giro por la Oficina Técnica, el sistema informe de aplicar medidas reforzadas, el giro no se hará y se informaría al remitente que tiene que ir personalmente a la Oficina Técnica, con el fin de que cumplimente la DAE y aportar la documentación justificativa de la actividad económica. El DOI del autorizado tiene que ser siempre original, excepto en la admisión de rurales.
En la formalización de un giro nacional procedente de reembolso, no será necesaria la presentación del documento de identificación ni la realización de una fotocopia del mismo.
Para el servicio de T€nvio y giros oficiales no es necesario el escaneo de documentación.
Grabados los datos, verificados y cobrados los importes correspondientes, se imprime el resguardo por la impresora multifunción y se entrega al cliente, que debe comprobar si los datos impresos en el documento son correctos antes de firmarlo.
El alta de un giro conlleva automáticamente la generación de un código único que identifica al giro durante todo su proceso y la impresión de la libranza con el código de barras del giro impuesto.
En la admisión del GIRO UPU ELECTRÓNICO, hay que velar por la exactitud de los datos, ya que solo se dispone de los 5 minutos siguientes a su admisión para poder realizar modificaciones. Transcurrido este tiempo y si el giro se cursa a destino no se pueden realizar cambios.
Cuando el giro se ha grabado y si a pesar de la verificación anterior, el cliente detecta algún error en los datos que aparecen en el resguardo, el empleado de admisión debe buscar el giro en IRIS>>Mantenimiento>>Giros, lo selecciona y lo modifica. Una vez realizada la modificación observada por el cliente, se procede a realizar una nueva impresión del resguardo.
Es importante tener en cuenta que no se pueden modificar los giros urgentes desde el momento en que lo haya recogido la oficina de destino y los no urgentes solo pueden modificarse en la misma fecha de su imposición. Para el caso de los giros IFS, solo podrán modificarse dentro de los cinco minutos posteriores a su admisión.
Una vez verificados los datos, se acepta el formulario, lo que provoca el volcado de datos a la pantalla de admisión de giro.
Una vez grabados todos los datos del formulario se revisan los importes, derechos, restricciones y servicios adicionales solicitados por el cliente y se cobra el importe total (importe + tasas) antes de validar la transferencia.
Nunca se debe procesar la transferencia de Envío de dinero si antes no se han cobrado los importes correspondientes.
Una vez que se imprime los resguardos por la impresora multifunción (una para el cliente y otro para la oficina), el cliente comprueba que los datos son correctos, se recoge la firma tanto del cliente (en el apartado reservado para ello como aceptación de la operación) como del empleado de admisión que además de firmar debe poner el NIP en la parte destinada para ello.
Una vez estampadas las dos firmas y el NIP del empleado, se entrega al cliente su copia.
En el caso de giros con localizador, éste queda impreso únicamente en la copia que se entrega al cliente.
Centros Penitenciarios: en la admisión de giros nacionales o internacionales, cuando el remitente sea una persona reclusa en un centro penitenciario, aparecerá como remitente del giro dicha persona.
Los datos a introducir en el sistema serán los que aparezcan en la autorización extendida por el responsable del Centro penitenciario y el número es el NIS del recluso.
La operativa para la admisión tiene que contemplar las siguientes particularidades (en la admisión de estos giros, el funcionario de prisiones se presentará en la Oficina con una relación):
Al dar de alta al recluso en la BBDD PBC, el sistema solicita la fecha de caducidad del documento de identificación. Como ya se ha dicho, para el caso de reclusos, éste debe ser el NIS, que no tienen fecha de caducidad. La fecha a introducir en el sistema será 01/01/9999.
Los campos a cumplimentar en el formulario de alta de clientes de la BBDD PBC son:
Para operaciones con NIS el sistema no requiere de digitalización de documentos.
Sólo es válido el modelo de relación de admisión de giros para centros penitenciarios publicado por la Dirección adjunta de operaciones u otro que cumpla todos los requisitos anteriormente descritos.
Giros Oficiales de Correos: la razón social será Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, el CIF el de Correos A83052407, el nombre del autorizado sería el cargo (Ej. director de oficina) y podrá identificarse con su NIP (Número de registro Personal).
Organismos Oficiales: en el caso de organismos oficiales que envíen giros, la identificación se realizará por nombre del organismo y CIF. El autorizado que actúe en nombre del organismo para la admisión del giro, podrá identificarse con su NIP (Número de registro Personal) que será introducido en la categoría Pasaporte/Otros.
El resto de organizaciones, instituciones, asociaciones, fundaciones religiosas, benéficas o de cualquier índole deberán identificarse con su CIF como el resto de personas jurídicas. Cualquier autorizado que actúe en representación de un organismo o institución de este tipo deberá identificarse con uno de los tipos de DOI válidos (NIF, NIE, Pasaporte/Otros).
Menores de Edad: para la admisión de giros a menores, éstos habrán de actuar necesariamente representados por sus padres, tutores o representantes legales. Al ser necesaria la presentación del DOI con carácter previo a la realización de la operación, únicamente pueden admitirse giros a los mayores de 14 que tengan y presenten un DOI, que habrán de actuar siempre representados por sus padres, tutores o representantes legales.
Es preciso tener en cuenta que, según los estándares nacionales e internacionales, los menores presentan un riesgo más elevado en materia de prevención de blanqueo de capitales. En este sentido se recomienda actuar con especial rigor en lo que a la documentación se refiere, en las operaciones de este tipo de clientes.
En estos casos el menor figura como remitente en la operación y se deberá dar de alta como representante/autorizado al padre, madre o tutor legal escaneando las páginas del libro de familia o certificado donde se vea la relación.
En el caso de menores emancipados, al no contemplar esta excepcionalidad la aplicación y exigir el sistema dar de alta a un representante, se indicarán nuevamente los datos del menor, escaneando el documento que acredite la emancipación.